SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
Es una sociedad mercantil de capital fundacional que existe bajo una razón o una denominación social y se compone de uno o varios socios comandito que responden de manera subsidiaria limitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de una o varias comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.
DIFERENCIAS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS
En virtud de que la sociedad en comandita por acciones le son aplicables esta reserva la ley general de sociedades mercantiles a los comandito.
Los comanditarios no tienen derecho a participar directamente en la gestión de los negocios sociales porque la ley general de mercantiles les impone estrictamente la prohibición ( el articulo 5 , 41 , 211 , LGSM)
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